viernes, agosto 21, 2026
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La Corte intervino en la disputa por otra reelección de Gildo Insfrán en Formosa

El máximo tribunal asumió la causa que cuestionó una cláusula de la Constitución provincial y otorgó 60 días al Gobierno formoseño para responder. La norma permitirá que el gobernador vuelva a competir en 2027 si conserva su validez.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró su competencia originaria en la demanda contra la Cláusula Transitoria Cuarta de la Constitución de Formosa. La disposición computó el mandato actual de Gildo Insfrán como el primero después de la reforma y habilitó otra eventual postulación para el período 2027-2031.

La Confederación Frente Amplio Formoseño presentó la acción mediante sus apoderados Agostina Villaggi y Rodolfo Basques. Los dirigentes solicitaron la inconstitucionalidad de la cláusula y advirtieron que su aplicación permitirá la novena candidatura de Insfrán y una nueva postulación de Eber Solís para integrar el Ejecutivo provincial.

La Provincia tendrá 60 días para responder

Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti asumieron la intervención directa y trasladaron la demanda al Gobierno de Formosa, que contará con 60 días para presentar su respuesta. El tribunal también remitió a su fallo del 19 de diciembre de 2024 sobre la reelección indefinida en la provincia.

En aquella resolución, la Corte declaró inconstitucional el artículo 132 de la Constitución formoseña. El máximo tribunal consideró que la permanencia ilimitada en el poder otorgó ventajas indebidas a los gobernantes y afectó las condiciones de una competencia electoral equilibrada.

La oposición cuestionó la cláusula transitoria

Después del fallo, Formosa limitó a una sola la reelección del gobernador y el vicegobernador. Sin embargo, la reforma estableció que el período que comenzó antes de su aprobación se contabilizará como el primer mandato, una disposición que abrió la posibilidad de nuevas candidaturas de Insfrán y Solís.

Los demandantes afirmaron que la cláusula contradijo el principio republicano, la alternancia política y distintos artículos de la Constitución Nacional. La resolución final de la Corte definirá la validez de la reforma y podrá establecer un precedente sobre los límites a las reelecciones provinciales.

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